Herencias

Cuando una persona fallece se abre su sucesión, es decir, el proceso por el cual sus bienes, derechos y obligaciones se transmiten a sus herederos. La sucesión podrá ser: Testada (la que se realiza según el testamento dejado por el causante) o intestada o abintestato (cuando el causante no ha dejado testamento a su fallecimiento o este se ha declarado nulo).

Testamento
El testamento es un acto de disposición post mortem por el que el testador dispone de sus bienes, pudiendo ser ológrafo (escrito
por el propio testador), abierto (es el más habitual, otorgado ante Notario) o cerrado (cuando el testador escribe su última voluntad en un documento y lo entrega al Notario en un sobre cerrado y sellado). ¿Quiénes pueden testar? Podrán testar todos aquéllos a quienes la Ley no lo prohíba expresamente.

No podrán testar ni los menores de 14 años ni el que habitual o accidentalmente no se hallare en su cabal juicio.

Sucesión y herencia
Queremos que heredar sea lo más natural posible, por eso en ESCRIVÁ ABOGADOS ponemos a su disposición nuestra dilatada experiencia profesional para que así sea, ayudándole tanto en la redacción de su testamento (acto que va a determinar de qué modo quiere repartir sus bienes y a quién), como en el proceso de adjudicación y partición de los bienes hereditarios, así como en la liquidación del impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Participación y adjudicación
Todas aquellas operaciones necesarias para poder repartir y adjudicar a los herederos los distintos bienes dejados por el causante.