Derecho de familia

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EXPERTOS en todo tipo de procedimientos de Derecho de Familia, SEPARACIONES, DIVORCIOS, MODIFICACIÓN DE MEDIDAS, LIQUIDACIÓN DEL RÉGIMEN ECONÓMICO, PAREJAS DE HECHO, etc.

Procedimiento de modificación de medidas
Es aquel procedimiento dirigido a modificar las medidas adoptadas en un procedimiento anterior, bien hayan sido consensuadas entre ambos cónyuges bien haya sido adoptadas judicialmente.

Separación y divorcio
La SEPARACIÓN no pone fin al matrimonio, el DIVORCIO sí. Ahora bien, tanto en un proceso como en otro, habrá que determinar, en su caso, la necesidad de una pensión de alimentos (tanto si se trata de hijos mayores como menores), el tipo de custodia (compartida o monoparental), pensión compensatoria, disolución del régimen económico matrimonial y demás medidas acordes a las necesidades del momento.

Liquidación del régimen económico
Cada matrimonio se regirá por el régimen que decidan libremente los cónyuges (sociedad de gananciales, de participación o de separación de bienes), el cual quedará reflejado en un documento llamado capitulaciones matrimoniales. Si no se otorgan capitulaciones matrimoniales, el régimen aplicable será el de la sociedad de gananciales en la mayoría de las Comunidades Autónomas.

Sociedad de gananciales: “Mediante la sociedad de gananciales se hacen comunes para el marido y la mujer las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, que les serán atribuidos por mitad al disolverse aquella”.
Participación: “En el régimen de participación cada uno de los cónyuges adquiere derecho a participar en las ganancias obtenidas por su consorte durante el tiempo en que dicho régimen haya estado vigente”.

Separación de bienes: “En el régimen de separación pertenecerán a cada cónyuge los bienes que tuviese en el momento inicial del mismo y los que después adquiera por cualquier título. Asimismo, corresponderá a cada uno la administración, goce y libre disposición de tales bienes”. Las ganancias que cada uno obtenga durante el matrimonio son exclusivamente de su propiedad.

El proceso de liquidación tiene como objetivo precisamente liquidar los bienes en común o aquellos en que los cónyuges o ex cónyuges son dueños cada uno de una mitad o de aquella participación que hayan pactado en capitulaciones matrimoniales (documento público que se otorga ante Notario).